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Consentimiento informado: qué es, qué debe decir y cuándo no debes firmar

Firmar no es consentir. El consentimiento informado es una conversación que debe ocurrir antes del papel, y sin ella la firma no tiene el valor que aparenta.

Dr. Bernardo Rivera Pérez5 min de lectura

Un auxiliar entra a la habitación con una carpeta, señala una línea al final de dos páginas y dice: "es para la cirugía de mañana, fírmeme aquí". El paciente firma. Nadie le explicó nada, y sin embargo en el expediente quedará constancia de que el procedimiento fue consentido.

Esa escena es común y describe con precisión el malentendido central: firmar no es consentir. El consentimiento informado es una conversación. El papel es apenas el recibo de esa conversación.

Qué es en realidad

El consentimiento informado es la decisión libre de una persona de aceptar o rechazar una intervención sobre su cuerpo, tomada después de recibir información suficiente para decidir. Tiene tres componentes, y los tres deben estar presentes:

  1. Información suficiente. Que le expliquen qué, por qué, con qué riesgos y con qué alternativas.
  2. Capacidad de comprender. Que la explicación sea en un lenguaje que usted entienda y en un estado en que pueda procesarla.
  3. Libertad. Que la decisión no esté forzada por prisa, presión o miedo a que lo atiendan peor.

En Colombia, la Ley 1751 de 2015 —la Ley Estatutaria de Salud— y la jurisprudencia de la Corte Constitucional establecen que todo procedimiento en salud requiere consentimiento informado, incluidos los de baja complejidad. No es una formalidad administrativa: es la expresión concreta del derecho a decidir sobre el propio cuerpo.

Lo que un buen consentimiento debe contener

Antes de firmar, usted debería poder responder estas preguntas con sus propias palabras:

  • ¿Qué me van a hacer? El nombre del procedimiento y en qué consiste, explicado en términos comprensibles.
  • ¿Para qué, en mi caso? Qué se busca lograr y qué cambia según el resultado.
  • ¿Qué riesgos tiene? Los frecuentes, aunque sean leves, y los graves, aunque sean raros.
  • ¿Qué alternativas hay? Incluida la de no hacer nada por ahora, y qué pasaría en ese caso.
  • ¿Qué esperar si sale bien? Recuperación, tiempo, limitaciones.
  • ¿Quién lo va a hacer? Es una pregunta legítima, y en hospitales universitarios también lo es preguntar qué papel tendrán los residentes y quién supervisa.

Si el documento que le pasan tiene solo un título y una lista genérica de riesgos, ese documento no es un consentimiento informado. Es un formulario. El consentimiento lo construye la conversación que falta.

La técnica que lo verifica en diez segundos

Existe un método estándar de comunicación clínica llamado teach-back: el profesional pide al paciente que repita con sus propias palabras lo que entendió. No es un examen; es una comprobación de que la explicación funcionó.

Usted puede aplicarlo por su cuenta. Antes de firmar, diga en voz alta: "a ver si entendí: me van a hacer esto, por esta razón, el riesgo principal es este y la alternativa sería esta. ¿Es correcto?".

Si puede decir esa frase completa, está informado. Si se traba en alguna parte, ahí está exactamente lo que falta preguntar.

Cuándo conviene no firmar todavía

Pedir esperar es un derecho, no una falta de cooperación. Tiene sentido pedirlo cuando:

  • No le explicaron nada y le entregan el papel para firmar.
  • Quien le pide la firma no puede responder sus preguntas.
  • Está bajo el efecto de sedantes o analgésicos fuertes que le nublan el juicio.
  • El documento describe un procedimiento distinto al que le explicaron, o tiene los datos de otro paciente.
  • Hay espacios en blanco sin llenar.
  • Quiere una segunda opinión y el procedimiento no es urgente.

Una frase útil y sin conflicto: "quiero firmarlo, pero antes necesito que el médico me explique dos cosas. ¿Puede pedirle que pase?".

La excepción de urgencia

Hay situaciones en las que actuar sin consentimiento previo es lo correcto: una urgencia vital en la que el paciente no puede expresarse y no hay tiempo de localizar a un representante. Es una excepción real y acotada. No cubre los procedimientos programados ni los que pueden esperar unas horas mientras se aclara una duda.

Consentimiento por representación

Cuando el paciente no puede decidir —por inconsciencia, deterioro cognitivo o edad— decide otra persona por él. La pregunta que guía esa decisión no es "¿qué haría yo?" sino "¿qué querría él?".

Si su familiar expresó alguna vez preferencias sobre su atención, aunque haya sido en una conversación informal, dígalo y pida que quede en la historia clínica. Ese recuerdo tiene peso.

Conviene además dejar claro desde el ingreso quién es la persona designada para decidir y para recibir información. Evita el escenario habitual en el que cinco familiares reciben cinco versiones distintas.

Rechazar un tratamiento

Un paciente con capacidad de decidir puede rechazar un tratamiento, incluso uno que le sería beneficioso. Es la otra cara del mismo derecho, y con frecuencia se olvida que existe.

Cuando eso ocurre, lo correcto es que el equipo se asegure de que el rechazo es informado —que el paciente entiende las consecuencias— y que quede registrado. Rechazar un tratamiento tampoco significa renunciar a la atención: siempre queda el manejo de síntomas y el acompañamiento.

Guarde una copia

Pida copia de todo lo que firme. Es su documento tanto como de la institución, y forma parte de su historia clínica, a la cual la ley le garantiza acceso gratuito. Si le dicen que no puede llevárselo, pida el nombre de quien se lo niega y acuda a atención al usuario.

Una firma sin explicación previa no protege al paciente. Protege el expediente.

La Guía para Sobrevivir al Hospital dedica un capítulo a los derechos del paciente y a cómo ejercerlos en la práctica, incluidos el consentimiento informado y el acceso a la historia clínica.

Preguntas frecuentes

¿Qué es exactamente el consentimiento informado?
Es la decisión libre de un paciente de aceptar o rechazar un procedimiento después de haber recibido información suficiente para decidir. El documento que se firma es solo el registro de esa decisión, no la decisión misma. Si la conversación no ocurrió, la firma no convierte el procedimiento en consentido.
¿Qué información me deben dar antes de firmar?
En qué consiste el procedimiento, para qué se hace en su caso, qué riesgos y efectos secundarios tiene, qué alternativas existen incluida la de no hacerlo, y qué se espera si todo sale bien. También quién lo realizará. Si algo de eso falta, la información no fue suficiente y puede pedirla antes de firmar.
¿Puedo negarme a firmar un consentimiento informado?
Sí. Puede negarse a firmar, pedir tiempo para pensarlo, pedir que le expliquen de nuevo o solicitar una segunda opinión. Negarse a firmar mientras se aclara una duda no equivale a rechazar el tratamiento, y no puede usarse para negarle la atención que necesita. En una urgencia vital donde el paciente no puede expresarse, la ley permite actuar sin consentimiento previo.
¿Puedo cambiar de opinión después de haber firmado?
Sí, en cualquier momento antes del procedimiento, y sin tener que justificarlo. El consentimiento es revocable por definición porque protege su autonomía, no la agenda de la institución. Dígalo en voz alta a quien lo esté atendiendo y pida que se deje constancia en la historia clínica.
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